La justicia calificó de discriminación indirecta un acto administrativo del Ministerio de Educación

Así lo resolvió la jueza López Vergara quien ordenó al gobierno de CABA abstenerse de exigir a una docente la presentación de una declaración jurada. La causa la inició la docente el 7 de mayo al quedar cesante en un cargo de suplente
La titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo N°6, Patricia López Vergara, hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la docente identificada con las iniciales PR para poder postularse a cargos interinos o suplencias sin tener que completar una declaración jurada en la que debía declarar que no se encontraba comprendida en el grupo de riesgo COVID-19.
PR, quien está embarazada, consideró que dicha declaración jurada era una forma de discriminarla e impedirle que accediera a un nuevo cargo y la jueza López Vergara le dio la razón esta semana y le ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se abstuviera, en este caso, de obligarla a firmar dicha declaración.
El hecho
Durante el año 2020 la docente trabajó de forma remota por la suspensión de clases presenciales en dos cargos que tenía como maestra bibliotecaria -uno como suplente y otro como interina-. En ambos cargos cesó porque el cargo interino fue titularizado en diciembre del año pasado y en el otro se presentó la titular en mayo. PR asegura que a partir de ese momento, intentó conseguir otros cargos interinos o suplentes, pero, no pudo postularse por tener que completar la declaración jurada prevista en la que debía declarar que no se encontraba comprendida en el grupo de riesgo COVID-19, en los términos del decreto n° 147/2020 y la Resolución n° 622/SSGRH/2020. Esta declaración jurada tiene como objetivo que se declaren comorbilidades, enfermedades preexistentes que puedan agravarse ante un posible contagio de Covid-19 y PR consideró en su pedido que el hecho de estar embarazada es temporal y no un obstáculo permanente. Por lo tanto entendió que se estaba ante “una clara estigmatización a la actora embarazada, al tiempo que reproduce una clara conducta discriminatoria que bloquea el acceso a su fuente de trabajo, con consecuencias dañinas para su situación económica y familiar, en un contexto de extrema vulnerabilidad por estar embarazada”
El fallo
Para la magistrada, la docente no se encuentra en contacto directo con estudiantes u otras personas que demanden su presencialidad y “bien puede prestar funciones en forma virtual o remota, tal como lo hizo desde el año pasado y parte del corriente sin afectación alguna en la prestación del servicio educativo”. Por lo tanto “no se advertiría una racionalidad que brinde inteligibilidad a la inhibición actora para presentarse a cubrir otros cargos interinos o suplentes acordes a su perfil curricular”.
López Vergara señaló que: “Impedirle a la actora postularse a cargos interinos o suplentes en estas circunstancias particulares en las que la Sra. R. sí puede desarrollar sus tareas de forma virtual por su función de bibliotecaria sin alumnado a cargo, traduciría un accionar irrazonable del GCBA.”. «Obvia aclarar que ello perjudica gravemente a nivel laboral, profesional y económico a la actora que cursa un embarazo, en trato disparejo frente a docentes que también se postulan a dichos cargos pero sin inclusión en los grupos de riesgo por COVID 19” agregó.
HyC – Fuente: Portal iJudicial
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