La justicia frenó el parque lineal sobre Honorio Pueyrredón
Un juez falló a favor de un recurso de amparo interpuesto por vecinos organizados de Caballito, contra la ejecución de un parque lineal sobre la Avda. Honorio Pueyrredón. Ordenó, además, que se organice una audiencia pública y se transparente la información
El juez Víctor Trionfetti ordenó ayer que el gobierno porteño detenga las obras del parque lineal proyectado sobre la Avda. Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén y Ampere (sentido sur-norte) y convoque a una audiencia pública.
Vecinas y vecinos integrantes de la Asamblea de Honorio Pueyrredón resisten la realización de la obra desde que se conocieron los detalles. Los argumentos son la necesidad de conservar la avenida como tal para descongestionar el tránsito, como lo viene haciendo hasta ahora, que la obra no generará espacios verdes sino de baldosones con algunas plantas y por último, reclaman la construcción de un auténtico espacio verde dentro de las 15 hectáreas del playón ferroviario en disputa con la empresa IRSA.
No obstante la resistencia de los vecinos, el 25 de octubre del año pasado, el gobierno de Rodríguez Larreta llamó a licitación para construir el Parque Lineal. La adjudicada fue MIAVASA S.A., una empresa muy activa en la obra pública, tanto en la Capital Federal como en la Provincia de Buenos Aires.
Inmediatamente, los vecinos organizados en la asamblea, junto a la Asociación Civil S.O.S Caballito interpusieron en diciembre del 2021, con el patrocinio de la Dra. Nadia Mileva Solodkow un amparo colectivo para que se declare la nulidad de la Licitación Pública Nº 7162-0019LPU21, proyecto `Parque Lineal-Honorio Pueyrredón.
La respuesta de la justicia llegó en el día de ayer, cuando el juez Víctor Trionfetti falló en favor de los vecinos. Trionfetti sostuvo en su fallo que la calle de convivencia es aquella destinada preferentemente a la circulación peatonal con circulación restringida de vehículos. El art. 6.9.6 de la ley de tránsito dispone que el cambio de arteria a calle de convivencia debe disponerse por ley.
Agregó, además, que la Av. Honorio Pueyrredón es una calle, las calles pertenecen al dominio público (inc. f, art. 235, CCyCN). De tal manera que se presentaría la necesidad de realizar una audiencia pública obligatoria para su cambio de uso o destino.
Por otra parte, dispuso que debe garantizarse cautelarmente el derecho de acceso a la información y de participación pública y ordenó que, tanto el Poder Ejecutivo como la Junta Comunal de la Comuna 6, convoquen a Audiencia Pública Temática respecto del cambio de uso en dominio público y la cuestión ambiental.
HyC
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